AREA SEGUROS PATRIMONIALES

Está destinado a aeronaves o helicópteros de uso de uso particular o de empresas comerciales o industriales. También se aseguran los daños que por lesiones corporales o a bienes de terceros puedan causar los propietarios u operadores de aeropuertos
Es un contrato de seguro que cubre los riesgos creados por la conducción de automóviles en caso de causar un accidente. También existen coberturas adicionales para cubrir los daños al vehículo asegurado.
Esta cobertura sólo indemnizará el robo del bolso, excluyendo el hurto. Bienes Cubiertos: Bolso, cartera, mochila, maletín, morral y sus contenidos.
Es la rama del seguro específica para proteger a todo tipo de embarcaciones, de todos los riesgos relacionados con la aventura marítima o la travesía fluvial o lacustre.
Esta cobertura agrupa en una sola póliza, distintos tipos de riesgos para proteger su vivienda y sus bienes de una manera sencilla e integral.
La póliza usual cubre el riesgo de la muerte del animal asegurado, ya sea que se produzca voluntaria o involuntariamente. La muerte voluntaria es el caso de que el animal sea sacrificado. La muerte involuntaria es la que se produce por enfermedad, accidente, incendio, rayo, explosión, inundación o terremoto.
El riesgo es el fenómeno climático. Los daños a indemnizar son exclusivamente los causados por el granizo en los frutos o productos asegurados, aun cuando concurra con otros fenómenos meteorológicos. Se trata de un seguro de beneficio esperado, porque presta cobertura contra el riesgo de su no percepción u obtención, a causa de la destrucción de la cosecha.
Se indemnizará los daños materiales causados a los bienes objeto del seguro, por la acción directa o indirecta del fuego, rayo o explosión. Se entiende por fuego toda combustión que origine incendio o principio de incendio.
Este seguro agrupa diferentes coberturas en una misma póliza intentando cubrir todas las necesidades para su comercio o industria. Para contratar un seguro de Integral de Comercio se tendrá en cuenta el rubro o clasificación comercial a la cual pertenece ya que de eso dependen las coberturas, las pautas de Suscripcion de cada compañía y los costos correspondientes.
Cubre aquellos edificios que son ocupados principalmente para viviendas y/u oficinas. Este seguro de consorcio se encuentra destinado a cumplir con las obligaciones de la Ley de Propiedad Horizontal y proteger a las partes comunes.

Al contratar un seguro de integral de consorcio el administrador protege al mismo ante cualquier tipo de eventualidades.
Es la obligación que recae sobre una persona de reparar el daño que ha causado a otro, sea en naturaleza o bien por un equivalente monetario, habitualmente mediante el pago de una indemnización de perjuicios.

Tipos de Cobertura

Rotura de cañerías
Suministro de alimentos
Grúas, guinches, autoelevadores
Plantas de gas licuado y actividades afines
Comprensiva
Carteles y letreros
Ascensores y montacargas
Carteles y letreros
Garajes
Demoliciones, excavaciones, construcción de edificios
Hechos privados
Instalaciones: red eléctrica, agua corriente, red cloacal, gas natural
Incendio, rayo, explosión, descargas eléctricas, escape de gas
Otras
Cobertura: Robo e Incendio total - Responsabilidad Civil hasta el valor de la bicicleta
Se cubren bicicletas de hasta 5 años de antigüedad, con una suma asegurada de entre $3.000 y $40.000.
Cubre los bienes asegurados contra pérdidas y/o daños materiales externos, siempre que tales pérdidas y/o daños se produzcan en forma accidental, súbita e imprevista y se haga necesario una reparación y/o reposición.
Cobertura para obras de construcción de edificios, escuelas, hospitales,fábricas, puentes, carreteras, vías férreas, plantas industriales, etc. Coberturas adicionales de Responsabilidad Civil, riesgos de la naturaleza, período de mantenimiento y otras específica.
Cobertura para obras de montaje de máquinas, acueductos, gasoductos,calderas, turbinas, ascensores, motores, grúas, etc. Coberturas adicionales deResponsabilidad Civil, riesgos de la naturaleza, período de pruebas y otras específicas.
Contempla los riesgos que se deben asumir desde un inicio al momento de decidir invertir ydesarrollar un determinado negocio.
Algunos de ellos se pueden prevenir, muchos son totalmente impredecibles einmanejables (fenómenos naturales, por ej.).
A través de esta cobertura se brinda la posibilidad de elegir la total protección de suempresa debido a que cubre todos los riesgos que no se encuentran expresamenteexcluidos.
Se cubren las pérdidas y averías de las mercaderías transportadas, que tengan por causa: choque, vuelco, desbarrancamiento o descarrilamiento del vehículo transportador, derrumbe, caída de árboles, postes, incendio, explosión, rayo, huracán, ciclón, tornado, inundación, alud, aluvión. El asegurador cubre el interés asegurable, por cuenta de quien corresponda, en las mercaderías u otros bienes mencionados en la póliza y por los riesgos indicados en la misma durante su transporte terrestre, incluidos los complementarios por ríos y aguas interiores, cuando el recorrido por tierra sea el principal por su extensión.

AREA SEGUROS DE PERSONAS

Esta cobertura le brinda al asegurado una protección en el caso de sufrir algún accidente que le provoque invalidez permanente o temporaria, total o parcial o la muerte.

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Tiene como objetivo reducir la siniestralidad laboral a través de la Prevención, reparar los daños derivados deaccidentes de trabajo y enfermedades profesionales, rehabilitar al trabajador damnificado,promover la precalificación y recolocación de estos.

Cobertura

Accidentes de Trabajo
Accidente In Itinere
Enfermedades Profesionales
Este seguro protege el patrimonio del profesional frente a la necesidad de responder a un reclamo o demanda efectuada por un paciente o cliente en razón de un daño ocasionado a un tercero derivado del ejercicio legal de la profesión.

También será responsable por los daños que puedan producir los productos que haya diseñado, manufacturado, construido, instalado, vendido, tratado, mantenido, alterado o reparado, una vez que hayan dejado su custodia o control.
Consultar

Obligatorios


Decreto 1567/74

Es una prestación social de carácter especial a cargo del empleador que fue creada con el fin de cubrir el riesgo de muerte de los trabajadores cualquiera que sea la causa que la produzca.

Ley 16.600 (Empleados Rurales)

Brinda cobertura a las obligaciones patronales derivadas de la Ley 16.660 y sus modificatorias. Cubre la muerte o invalidez total y permanente del asegurado por cualquier causa, durante las 24hs., los 365 días del año.

Convenio Mercantil 130/75

Este seguro fue creado para cubrir los riesgos de fallecimiento e invalidez total y permanente de todo el personal, sin límite de edad, que preste servicios en establecimientos comprendidos en el ámbito de este convenio.

Optativos


Leyes Laborales 20.744

El objetivo de este seguro es otorgar a los empleados que se encuentren en relación de dependencia o a sus beneficiarios, una suma en concepto de beneficio por fallecimiento o invalidez permanente.

AREA SEGUROS DE CAUCIÓN

Es el instrumento de garantía mediante el cual, el asegurador, garantiza al beneficiario el cumplimiento de las obligaciones de dar o hacer de un tercero.

Modalidades de Coberturas


Garantías para contratos de obras y suministros y/o servicios públicos o privados

Garantía de mantenimiento de oferta
Garantía de Ejecución de contrato
Garantía de fondo de reparo
Garantía de Anticipos
Certificación de Avance de Fabricación
Tenencia de Bienes para su Uso, Reparación, Manutención o Reacondicionamiento

Garantías Impositivas

Garantías de Veracidad
Garantías transitorias por Diferimiento de impuestos

Garantías Aduaneras

Tránsito terrestre
Falta de documentación
Importación y Exportación Temporaria
Habilitación de depósito fiscal

Garantías Judiciales

Contracautelas
Sustitución de medidas cautelares

Garantía de Registro de Importadores y Exportadores

Garantía de alquileres comerciales

Garantías para concesiones

Garantías de Actividad o profesión

Póliza Directores y Gerentes

AREA SEGUROS DE CRÉDITO

Es un instrumento que tiene por finalidad proteger a las empresas del riesgo de no pago de las cuentas por cobrar, tanto en el mercado nacional como en el internacional, causado por una insolvencia declarada (quiebra, cesación de pago con acreedores u otra situación similar) o por créditos impagos por más de 6 meses.