AGRO

El riesgo es el fenómeno climático. Los daños a indemnizar son exclusivamente los causados por el granizo en los frutos o productos asegurados, aun cuando concurra con otros fenómenos meteorológicos. Se trata de un seguro de beneficio esperado, porque presta cobertura contra el riesgo de su no percepción u obtención, a causa de la destrucción de la cosecha.
Es un contrato de seguro que cubre los riesgos creados por la conducción deautomóviles en caso de causar un accidente.
También existen coberturas adicionales para cubrir los daños al vehículo asegurado.
Se cubren las pérdidas y averías de las mercaderías transportadas, que tengan por causa: choque, vuelco, desbarrancamiento o descarrilamiento del vehículo transportador, derrumbe, caída de árboles, postes, incendio, explosión, rayo, huracán, ciclón, tornado, inundación, alud, aluvión. El asegurador cubre el interés asegurable, por cuenta de quien corresponda, en las mercaderías u otros bienes mencionados en la póliza y por los riesgos indicados en la misma durante su transporte terrestre, incluidos los complementarios por ríos y aguas interiores, cuando el recorrido por tierra sea el principal por su extensión.
La póliza usual cubre el riesgo de la muerte del animal asegurado, ya sea que se produzca voluntaria o involuntariamente. La muerte voluntaria es el caso de que el animal sea sacrificado. La muerte involuntaria es la que se produce por enfermedad, accidente, incendio, rayo, explosión, inundación o terremoto.
Esta cobertura agrupa en una solo póliza, distintos tipos de riesgos para proteger el campo y sus bienes de una manera sencilla e integral.
Esta cobertura le brinda al asegurado una protección en el caso de sufrir algún accidente que le provoque invalidez permanente o temporaria, total o parcial o la muerte.
Tiene como objetivo reducir la siniestralidad laboral a través de la Prevención, reparar los daños derivados deaccidentes de trabajo y enfermedades profesionales, rehabilitar al trabajador damnificado,promover la precalificación y recolocación de estos.

Cobertura


Accidentes de Trabajo

Accidente In Itinere

Enfermedades Profesionales

Obligatorios


Decreto 1567/74

Es una prestación social de carácter especial a cargo del empleador que fue creada con el fin de cubrir el riesgo de muerte de los trabajadores cualquiera que sea la causa que la produzca.

Ley 16.600 (Empleados Rurales) Brinda cobertura a las obligaciones patronales derivadas de la Ley 16.660 y sus modificatorias. Cubre la muerte o invalidez total y permanente del asegurado por cualquier causa, durante las 24hs., los 365 días del año.

Convenio Mercantil 130/75 Este seguro fue creado para cubrir los riesgos de fallecimiento e invalidez total y permanente de todo el personal, sin límite de edad, que preste servicios en establecimientos comprendidos en el ámbito de este convenio.

Optativos


Leyes Laborales 20.744

El objetivo de este seguro es otorgar a los empleados que se encuentren en relación de dependencia o a sus beneficiarios, una suma en concepto de beneficio por fallecimiento o invalidez permanente.